Wilber Medina
Reformas necesarias
Sobre contrataciones y pago de deudas estatales
Como todo ciudadano tengo derecho a expresar mi opinión sobre los asuntos públicos de nuestro país. Superada la tensión política que había entre el Poder Ejecutivo y el Congreso, advierto que hay reformas sencillas y necesarias que el presidente de la República puede analizar y realizar, y que mejorarían la calidad de vida los ciudadanos y al sistema mismo. Por qué vivir en la tensión o en el conflicto, si se puede construir reformando.
El primer tema es las condiciones de las pistas y veredas por las que transitamos todos los días. En nuestra capital no hay distrito que carezca de pistas y veredas con huecos, lo que incide negativamente en la calidad de vida de los conductores y transeúntes. La triste regla es pistas y veredas dañadas, y la excepción es pistas y veredas en perfectas condiciones, cuando debería ser al revés. No existe autoridad o política pública que se preocupe por esta caótica realidad que afecta a todos los ciudadanos. Una de las causas es la falta de mantenimiento de las pistas. Si estamos ante una omisión, entonces la solución es hacer que, como política pública, cada cuatro o cinco años las pistas sean objeto de mantenimiento.
Otra de las causas de este problema puede ser que la construcción de las pistas haya sido defectuosa, por no haberse empleado materiales de calidad (para abaratar costos y maximizar beneficios en favor del contratista). En este caso, es necesario que se reforme la Ley de Contrataciones del Estado y se establezca una garantía a favor de la obra por un plazo de cuatro o cinco años. La Ley de Contrataciones solo prevé dos garantías, por adelanto y por fiel cumplimiento del contrato, pero no prevé una garantía por la intangibilidad de la obra.
Por último, una causa común es la construcción de edificios. Apreciar las pistas y veredas antes y después de la construcción prueba que la constructora daña y que no repara. La solución ante esta problemática es que en la Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones se establezca, como condición, que la conformidad de obra se otorga si las pistas y veredas dañadas son reparadas íntegramente. En caso contrario, la conformidad no será entregada.
El segundo tema es el pago de sentencias judiciales a cargo del Estado. No solo el litigio es desigual, pues el Estado no paga tasas judiciales, sino que ganar es una victoria pírrica, pues lo importante es cobrar la acreencia o ejecutar la sentencia. El Estado es un pagador lento e incompleto, lo que es ilógico, pues para recaudar tributos es activo y coactivo. Existe una ley que establece criterios de priorización en el pago de sentencias judiciales y este año se ha reactivado la Comisión Evaluadora de las Deudas Estatales, pero ello es insuficiente para pagar las acreencias de ex trabajadores, pensionistas, etc.
Las leyes del presupuesto público 2018 y 2019 autorizan que el dinero de determinadas partidas no utilizado se destine al pago de sentencias judiciales, cuando lo correcto sería establecer la obligación de que se destine todo el dinero no utilizado del pliego al pago de sentencias judiciales, y no solo una partida específica. Con esta reforma las acreencias estatales se reducirían y se podría incrementar la recaudación tributaria. Todos ganarían.
El tercer tema es el número de jueces y fiscales supremos. A raíz de los audios difundidos se especula que la Fiscalía está tomada por los Cuellos Blancos, pues tre de sus cinco integrantes tendrían vinculación con esta presunta organización criminal. Si este es el problema –que será resuelto el día que se emita una sentencia judicial firme que concluya su participación delictiva–, una posible solución es que se amplíe el número de fiscales supremos de cinco a nueve, por cuanto la realidad criminológica de nuestro país demanda fiscalías supremas especializadas en lavado de activos, trata de personas, violencia familiar y organizaciones criminales.
En el caso de la Corte Suprema, la Ley Orgánica del Poder Judicial dice que está compuesta por 18 vocales supremos, pero la realidad evidencia que existen 47 jueces supremos entre titulares y provisionales. De los 18 vocales supremos titulares, tres no juzgan, porque uno ocupa el cargo de presidente del Poder Judicial, otro ocupa el cargo de jefe de la OCMA y otros es miembro del Jurado Nacional de Elecciones. Solo 15 jueces supremos titulares juzgan. Esta realidad amerita evaluar la reforma de la composición del Jurado Nacional de Elecciones o elevar el número de jueces supremos.
Finalmente, me gustaría que el prejuicio hacia mi persona se reforme, ya que fui propuesto como candidato a magistrado del Tribunal Constitucional y el único adjetivo calificativo que recibí es que soy el abogado del expresidente Alan García. En efecto, fui su abogado en el proceso de amparo iniciado contra una Comisión Investigadora del Congreso, no en las investigaciones fiscales Lava Jato o en un proceso penal. Entiendo que este hecho no es un demérito, menos una falta ética o una conducta delictiva, en tanto no he defendido a un genocida o proxeneta condenado.
Haber sido su abogado en un proceso de amparo no me descalifica, menos me encasilla o enloda, como algunos lo entienden. Dicho proceso resultó favorable en doble instancia y la etapa de su ejecución llegó hasta el Tribunal Constitucional. Sería un demérito, una falta ética o una conducta delictiva, si alguien dijera que Wilber Medina compró testigos, aportó pruebas falsas, fabricó pruebas o sobornó a los jueces. Nada de ello ha sucedido, pero por ejercer la defensa en forma correcta se me pretende descalificar y satanizar. No importa mi trayectoria intachable como docente universitario y abogado litigante. Lo único que importa para los críticos es que he sido el abogado del expresidente Alan García, y por ello merezco la horca. Sí, en efecto, lo fui y ello no afecta mis capacidades o conocimientos, ni mis méritos profesionales. Aclaro que como abogado no defiendo el nombre de las personas, sino sus derechos y razones.
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