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Desde este portal hemos solicitado al Congreso, en más de una ocasión, la derogatoria del Decreto Legislativo N° 1492 que, según sus autores, busca impulsar la competitividad logística del comercio exterior y del transporte marítimo. El mencionado decreto, expedido en plena pandemia, no solo excede las facultades legislativas otorgadas al Ejecutivo, sino que es claramente inconstitucional al intervenir en los contratos entre privados en el comercio exterior peruano.
En ese sentido, este lunes el Grupo de Trabajo de Control Constitucional de los Actos Normativos del Poder Ejecutivo del Congreso debería revisar de una vez por todas el informe sobre el referido decreto y avanzar en su derogatoria. ¿Por qué indicamos que el DL N° 1492 atenta contra la competitividad y es inconstitucional en un sector tan complejo como el naviero? Veamos
El pasado 10 de mayo el Ejecutivo emitió, a través de Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), el Decreto Legislativo Nº 1492, que supuestamente busca impulsar la competitividad logística del comercio exterior, a través de la transparencia de los costos, y asegurar la predictibilidad en las operaciones que realizan los usuarios con respecto a los servicios contratados vinculados al transporte de mercancías.
La norma ignora que el transporte marítimo internacional de carga se rige por contratos privados, celebrados entre embarcadores y navieras, bajo convenios internacionales suscritos por el país. No solo eso, cuando se pretende “transparentar los costos” –porque, según indican desde el Ejecutivo, existen “costos evitables”– se olvida que en la práctica internacional se cobra por tipos de containers, cargos administrativos y aclaraciones al manifiesto de la carga.
La norma tiene un objetivo atendible, porque –según sus promotores en el Mincetur– pretende apoyar la iniciativa de las pequeñas empresas, sobre todo en el transporte marítimo. Pero en realidad es una iniciativa inconstitucional, porque el Estado intervendría y regularía los contratos y negociaciones entre privados.
Ahora bien, el tema no queda ahí. En mayo pasado el Perú denunció lo que se denomina Reglas de La Haya (que estipulan condiciones de inversión en la cadena logística de comercio exterior) y empezó a adoptar las Reglas de Hamburgo, con una serie de condiciones de exportación que comprometen costos y responsabilidades al naviero y al agente de exportación. El Ejecutivo nuevamente ignora cómo funciona la economía marítima, y que las Reglas de La Haya representan el 90% del marco jurídico del comercio mundial. Por lo tanto, han sido defendidas por varios países hacia los que el Perú exporta.
En los últimos veinte años, y pese al crecimiento sostenido del comercio exterior, la cadena logística se ha visto en la necesidad de proveer mayor eficiencia al principal puerto del país. De allí, entonces, que en el Callao se concretaran inversiones que superan los US$ 700 millones. No solo eso. Los compromisos de inversión en el Perú en la cadena logística del comercio exterior ascienden actualmente a casi US$ 5,804 millones, básicamente en el desarrollo de terminales portuarios. Todo ello se ha podido realizar por la seguridad y el respeto a los contratos entre privados. No obstante, en el Ejecutivo eso no se entiende.
Es necesario –cuando el Perú atraviesa una fuerte recesión económica producto de los errores del Ejecutivo en el control de la pandemia– que se otorgue certidumbre a un sector tan competitivo como el naviero. Mientras otros países garantizan seguridad, el Perú retrocede. Por todas estas consideraciones, debe derogarse de manera inmediata el mencionado decreto ley.
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