Úrsula Letona

¿Presunción de culpabilidad?

El Perú necesita volver a creer en su sistema judicial.

¿Presunción de culpabilidad?
Úrsula Letona
25 de abril del 2019

 

“Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa”. Art. 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948

En el sistema penitenciario peruano, de las casi 105,000 personas que se encuentran en la cárcel en la actualidad (al mes de febrero de 2018, según datos del INPE) más del 30% de ellas no tienen sentencias, sino que se encuentran privadas de su libertad, en la mayoría de casos, debido a la prisión preventiva. No tienen condena, pero están presos.

Dentro de los casos más llamativos tenemos el del expresidente Kuczynski y el de la lideresa de la mayor fuerza política nacional, Keiko Fujimori. Un efecto colateral de esta medida es el fallecimiento del expresidente Alan García, quien habría muerto para evitar sufrir la misma suerte de Kuczynski y Fujimori.

Otro ejemplo llamativo es del expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia: hace casi tres meses se terminaron las investigaciones y hasta el día de hoy el fiscal Germán Juárez no formula la acusación ante el juez. Ellos también pasaron casi nueve meses en prisión preventiva y salieron en libertad gracias a un habeas corpus resuelto ante el Tribunal Constitucional.

Si consideramos fríamente los resultados concretos que hasta el momento han producido los fiscales del Ministerio Público respecto a los casos de corrupción de expresidentes y funcionarios, podríamos decir que no son muy halagadores: cero acusaciones y ningún juicio oral en el futuro inmediato. ¿Se piensa acusar pronto a los implicados en supuestos actos de corrupción o se esperará 36 meses para hacerlo?

Es el momento de preguntarnos si el tándem Ministerio Público-Poder Judicial está llevando adelante el combate contra la corrupción de una manera adecuada. O si en realidad están dando razones para que este esfuerzo se vea opacado por quienes podrían argumentar, no sin razón, que estamos ante una utilización arbitraria, antojadiza y política de las herramientas que la ley entrega a fiscales y jueces para perseguir el delito.

La Corte Suprema de Justicia ha señalado que la presunción de inocencia “constituye un derecho-principio regulado en la Constitución” y que tiene como finalidad “cautelar la dignidad de la persona, fin supremo de la sociedad y el Estado, con pruebas conducentes, pertinentes y útiles”. A su vez el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, señalaba en abril del año pasado que se debía emprender “una lucha anticorrupción efectiva, completa y total. Y no con ligereza, porque no se trata de meter gente inocente a la cárcel simplemente por una cuestión mediática”.

La presunción de inocencia está reconocida en el mundo entero como un derecho humano fundamental y como principio básico cuando se trata de administrar justicia penal. Un sistema que considere a una persona culpable por la comisión de un delito únicamente porque ha sido acusada se encontraría por debajo de los estándares de justicia comúnmente aceptados.

La presunción de inocencia inclina la balanza a favor de la persona a la que se acusa, puesto que exige un proceso para establecer la culpabilidad con un alto nivel de certeza. No se trata de encerrar a los sospechosos de algún delito, sino de construir un caso contra ellos en base a un trabajo exhaustivo que reúna pruebas, documentos y demás elementos que permitan hallar la culpabilidad de la persona a la que se juzga. Y a partir de allí condenarla, sin dejar la posibilidad de que se cuestione la pulcritud de dicho procedimiento.

El Perú necesita volver a creer en su sistema judicial. Estamos de acuerdo en que quienes han cometido delitos y se han enriquecido a costa del Estado paguen por ello. Pero la única manera de obtener condenas legítimas y firmes es garantizando que realmente en el Perú se imparta una justicia verdadera, enmarcada dentro del debido proceso y despojada de intereses subalternos.

 

Úrsula Letona
25 de abril del 2019

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