Davis Figueroa

La moralidad del aborto

Debate sobre la continuidad del embarazo producido por una violación

La moralidad del aborto
Davis Figueroa
02 de noviembre del 2020

“Pero ¿en qué momento de su desarrollo, desde el cigoto
al bebé, adquiere el embrión derechos e intereses?
Nosotros creemos que la característica mínima para
conceder al embrión el derecho a ser tenido en cuenta es
la sensibilidad o capacidad de sentir placer o dolor. […]
¿En qué momento, entonces, desarrolla el embrión la
capacidad de sentir dolor? Aunque no somos expertos en
este campo, de nuestras lecturas sobre el tema podríamos
decir que posiblemente no puede ser antes de las seis
semanas de existencia, y que más bien debe situarse en
una época tan tardía como las dieciocho y veinte
semanas”.

Peter Singer – Desacralizar la vida humana

 

En nuestro país, existe hoy un problema esencial que enardece multitudes. Y no me refiero a la decadencia del fútbol peruano que, con franqueza, a nadie debería importarle un comino. Se trata, más bien, de la interrupción voluntaria del embarazo, todavía punible en el Perú. 

Cada mes, miles de niñas y adolescentes embarazadas acuden a hospitales del Estado Peruano para afrontar injurias y maltratos por parte de un personal de salud sin escrúpulos (que se cree infalible y ético), así como la indiferencia de instituciones como el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Salud, el Ministerio Público, la Policía Nacional y la Defensoría del Pueblo. Entidades que hacen de celestinas, en lugar de salvaguardar la libertad o indemnidad sexual de estas menores, quienes bajo ninguna circunstancia están preparadas física y psicológicamente para afrontar un embarazo no planificado ni deseado. 

Según las últimas cifras registradas por el Ministerio de Salud (Minsa), en el transcurso del infausto año de “La universalización de la salud”, 733 niñas menores de 14 años quedaron embarazadas como consecuencia de una violación sexual; fenómeno que se agravó irremediablemente a causa del confinamiento obligatorio impuesto por el Gobierno de Martín Vizcarra, el cual produjo desde el 16 de marzo hasta el 15 de julio, cerca de 900 casos de violación sexual a nivel nacional, siendo el 71% de víctimas menores de edad; esto es, entre 600 niñas y 40 niños. Y si esto le parece poco, se ha evidenciado en lo que va del año que 33,365 niñas y adolescentes se han convertido en “madres” en contra de su voluntad, según cifras del Sistema de Registro del Certificado de Nacido Vivo (CNV). 

Ante este siniestro escenario, el Gobierno aprobó la Directiva Sanitaria N° 094-MINSA/2020/DGIESP, para dizque “garantizar la salud de las gestantes y la continuidad de la atención en planificación familiar ante la infección por COVID-19”, cuyo pretendido fin no obtuvo ningún resultado positivo, ya que el personal de salud responsable desatendía las consultas internas y externas de embarazos de niñas y adolescentes (con una reducción de más del 50% de atenciones en todo el país), quienes eran dejadas a su suerte hasta el día del parto so pretexto de la Covid-19. Así se tratara de una niña embarazada menor de 14 años cuya vida estuviera en riesgo (como ha sucedido muchas veces y puede verificarse), la solicitud de aborto terapéutico (única alternativa en estos casos) dirigida al director del nosocomio era inviable, ya que el personal de salud tenía el subterfugio de estar “luchando incansablemente contra la Covid-19” mientras cobraba jugosos bonos y demás beneficios del Gobierno. “Razón de sobra” para no formar la junta médica burocrática que determinaría el destino de la menor gestante.

Desde el extinto Código Penal de 1924, la situación sobre el aborto en el Perú no ha cambiado; casi 100 años han pasado y la interrupción del embarazo sigue siendo punible, con la excepción del aborto terapéutico (único medio para salvar la vida de la gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente); y, en el caso del aborto sentimental o eugenésico, este aún conlleva el estigma de una pena suspendida de hasta tres meses de prisión en los siguientes supuestos: 1) cuando el embarazo sea consecuencia de una violación sexual o inseminación artificial no consentida y ocurrida fuera del matrimonio; 2) Probabilidad de graves taras físicas o psíquicas durante el nacimiento, previo diagnóstico médico.

Resulta previsible que el problema del aborto siempre esté ausente en la agenda política con el fin de evitar el choque de poderes entre el Estado y la Iglesia. Basta con mencionar la despenalización del aborto para enfurecer inmediatamente a los enemigos de la libertad de cualquier confesión religiosa (siempre bien nutrida de fieles dispuestos a marchar por las calles), quienes, aguardan rechinando los dientes, un enfrentamiento violento contra cualquier tentativa de regulación sobre el aborto cuales cruzadas inquisitoriales y oscurantistas.

Es totalmente inconcebible e irracional que nuestra legislación no contemple siquiera una ley sobre la interrupción voluntaria del embarazo hasta la actualidad, pues existe un temor infundado al fundamentalismo religioso e ideológico que se prolifera más que la Covid-19. Cada vez que el aborto legal se pone en agenda parlamentaria, se dan cita las manifestaciones multitudinarias más abyectas en su contra, lo cual conduce a desestimar cualquier proyecto legislativo -independientemente del tinte ideológico de la bancada que la proponga-; convirtiendo este asunto en una simple cuestión de fe y cerrazón, en clara vulneración del principio de separación Iglesia-Estado y de laicidad estatal (que se presupone que existen en el Perú). 

Es así que se mantiene una infame coalición de poderes (estatal y eclesiástico) que hasta la fecha ha impedido una oportuna regulación legal de la interrupción del embarazo -inclusive en casos de violación sexual-, destruyendo y frustrando las vidas de decenas de miles de niñas y adolescentes cada año, mientras que los politicastros y el ganado peruano hacen de la vista gorda o prefieren seguir el cayado de la intolerancia. 

Los fundamentalistas de toda índole, se manifiestan caprichosamente contra la despenalización del aborto, no tienen límites, están acá y acullá, ora despotricando contra la ciencia y la razón, ora despotricando contra las libertades individuales. Dicen que su reino no es de este mundo, pero buscan el poder terrenal a toda costa. Sobre este punto, Fernando Savater refiere que: “Para que la religión sea vista como un derecho no solo es necesario la tolerancia del poder, sino también que el individuo renuncie a la religión como centro de la sociedad. La diferencia entre un fanático y un religioso, es que para el fanático la religión no es un derecho sino un deber para él y para todos los demás. Y además él considera que tiene el deber de hacer que los demás cumplan ese deber”. Es por esta razón que los fundamentalistas se arrogan el derecho de intervenir en la vida privada de su prójimo, con argumentos manidos que no convencen a nadie y cuya base es teológica, seudocientífica e inmoral.

Nada es más perverso que imponer la carga de un embarazo no deseado a una menor de edad, destruyendo su proyecto de vida y poniendo en grave riesgo su vida y su salud física y psicológica. Sobre este punto, Savater, indica con juicioso acierto que: “La religión tiene derecho a decir qué es pecado pero no a decir qué es delito”. Evidentemente, no debería existir ningún dilema ético, ya que se trata de una cuestión de sentido común, una noción que cualquier persona –a menos que esté muy desorientada- podría dilucidar haciendo uso de la empatía. Asimismo, los diversos tratados sobre derechos humanos coinciden plenamente en que los Estados Partes deberían brindar a la población más vulnerable (niñas y adolescentes) acceso a un aborto legal y seguro. 

Lamentablemente, nunca faltarán fundamentalistas e “iluminados autosuficientes” (que se autodenominan paleoconservadores o paleolibertarios) que tratarán de imponer sus caprichos a la sociedad a través de razonamientos estériles y objeciones cargadas de prejuicios morales, como cuando afirman que después de nueve meses de miseria y dolor, las menores gestantes podrían dar en adopción a sus infantes no deseados. Sin embargo, esto no sería aplicable a los casos de incesto, malformaciones o enfermedades congénitas, ya que en estas cuestiones los susodichos no tendrían más remedio que balbucear torpemente que es la “voluntad de Dios”.

Siguiendo la preclara posición de la filósofa Ayn Rand, debo concluir en que el aborto es un derecho moral de la mujer y que un embrión no puede tener derechos porque solo se trata de un ser potencial, desprovisto de sistema nervioso complejo (a diferencia de los animales sintientes que se matan para engullirse y luego expulsarse por el sieso). Es monstruoso, inmoral e injustificable la continuación de un embarazo que ha sido producto de una violación sexual. Asimismo, la falocracia fundamentalista no posee ningún argumento válido y racional para enseñorearse y pretender frustrar el proyecto de vida de las mujeres de forma irreparable a través de un embarazo no deseado. Queda, pues, señores y ganado, demostrada la moralidad del aborto y mi propuesta del límite de tiempo para la interrupción voluntaria del embarazo oscila entre 14 semanas (modelo español) y 20 semanas (modelo neozelandés) de gestación.

Davis Figueroa
02 de noviembre del 2020

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