Carlos Hakansson
Asamblea Reloaded
Sobre el juramento de Waldemar Cerrón en el Congreso
El juramento por una nueva asamblea constituyente, realizado por uno de los integrantes de la Mesa Directiva del Congreso, será el reinicio de una discusión que fuera resuelta y archivada al inicio del Gobierno del expresidente Pedro Castillo. Una polémica que producirá un ambiente poco favorable para recuperar la confianza de los inversionistas nacionales y extranjeros, consolidar la estabilidad y gobernabilidad hasta las próximas elecciones generales. Recordemos que los principales cambios de la izquierda radical para una nueva Constitución están enfocados en el control estatal de las fuerzas productivas, control de precios y la recuperación de su libre condición de empresario. Se buscará alinearnos a las constituciones del socialismo del siglo XXI y fragmentar nuestra identidad con las ideas del Estado plurinacional. Si su agenda constituyente prospera, pero sin los votos suficientes de las posturas radicales, recurrirán a los sectores más progresistas para, a cambio de su apoyo, incluir los ajustes que correspondan con su ideología.
Se trata de un nuevo ensayo de las constituciones “de un sector”, de la oportunidad de un sector ideológico frente a otro. La historia republicana durante el siglo XIX registra la pugna entre liberales y conservadores. Una Constitución liberal era sucedida por una conservadora. Una alternancia que perduró hasta la Carta de 1860 que equilibró ambas tendencias, también una de las razones que la hicieron perdurar sesenta años en medio de severas crisis, por ejemplo, la guerra del Pacífico, la inestabilidad política reinante y la grave crisis económica.
Las constituciones de 1979 y 1993 también fueron textos “de un sector ideológico”, con la diferencia que la segunda tuvo la oportunidad de ser objeto de permanente interpretación por el Tribunal Constitucional. El Colegiado a través de sus sentencias ha “equilibrado” las disposiciones que suscitaron polémica. A la adecuada protección al trabajador contra el despido arbitrario fue reconocida la opción de reposición en el puesto laboral (artículo 27 CP); por otra parte, entre la lista de normas con rango de ley objeto de una demanda de inconstitucionalidad (inciso 4, artículo 200 CP), el Tribunal interpreta que también incluye a los decretos leyes entre otras normas. Si a lo anterior añadimos la asimilación del control de convencionalidad desde la Corte IDH, se trata de un factor de equilibrio que irradia el contenido de los derechos fundamentales reconocidos y a la luz de la Convención Americana.
Es probable que el ímpetu del congresista para juramentar por una nueva asamblea constituyente sea un acto reivindicador para su electorado y firmeza de su posición ideológica; sin embargo, no debe dejarse de insistir que la interpretación judicial a la Constitución de 1993 ha convertido a la Norma Fundamental “de un sector” en una Constitución “para todos”. La izquierda radical se detiene en el texto, pero no en la interpretación judicial que ha ido moderando ciertos extremismos. A la clase política le queda realizar ajustes para fortalecer la gobernabilidad y alternancia democrática, pues, el acto de juramentar por una nueva asamblea constituyente es un deseo recargado de antipolítica.
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