Los proyectos antisistema en el Perú, incuestionablemente, se p...
El Decreto Supremo N° 004-2022 del Ministerio de Agricultura (Midagri), que modifica el Reglamento de la Leche y Productos Lácteos, es una norma que se convertirá en el mejor ejemplo de las prácticas mercantilistas y las malas conductas empresariales. ¿Por qué? La mencionada norma prohíbe la utilización de leche en polvo en la elaboración de la leche evaporada. ¿Cuál es el principal argumento? Supuestamente favorecer a los ganaderos que producen leche fresca nacional.
En el afán de favorecer a un sector de empresarios, las madres gestantes y los niños, sobre todo de los sectores pobres y populares, quedan absolutamente desprotegidos y afectados. En otras palabras, se favorece a un grupo de empresarios y los niños pobres deben pagar el costo. Esa es la lógica del mercantilismo que se suele confundir con el libre mercado y la inversión privada.
¿Por qué se afecta a las madres gestantes y a los niños pobres? Porque el primer efecto de esta incomprensible medida será el incremento de la leche evaporada y los productos lácteos en general. Como ya hemos informado en este portal, la producción de leche fresca solo atiende el 70% de la demanda nacional y el 30% restante debe ser cubierto con la leche en polvo. Algo más. Las micro y pequeñas empresas (mypes) de lácteos de Cajamarca, Huancayo, Arequipa, Puno, etc, compran el 50% de la leche fresca nacional y el otro 50% es adquirido por empresas como Gloria, Laive y Nestlé. Los precios de la leche evaporada y los lácteos, entonces, se irán por las nubes para favorecer a los empresarios lecheros amigos del Ejecutivo.
Ahora bien, aparte de las intenciones mercantilistas de la norma, ¿puede haber una justificación científica para prohibir la leche en polvo? Ninguna. El motivo: la leche en polvo es leche deshidratada; es decir, es una leche sin agua que conserva todas las proteínas, grasas, vitaminas y minerales. Cuando a la leche en polvo se le agrega agua, en el acto, recupera todas las propiedades de la leche natural. ¿Por qué entonces prohibir la leche en polvo cuando la producción nacional es deficitaria?
El mencionado decreto que restringe el uso de la leche en polvo se carga la Constitución y los 22 tratados de libre comercio del país, porque establece protecciones especiales para un sector nacional. Y no solo afecta a las madres gestantes, a los niños pobres, a las pequeñas empresas de lácteos, también a toda la industria láctea nacional, una de las más competitivas de la economía. Si no fuese así, la producción láctea de Nueva Zelanda, un gigante del planeta, ya se habría apoderado del mercado nacional.
El mercantilismo empresarial a veces puede llegar a niveles graves de irresponsabilidad con los consumidores. Por ejemplo, en el artículo 2 del DS que establece restricciones al uso de la leche en polvo, se señala que se suspenden los controles microbiológicos hasta el 31 de diciembre del 2026. En otras palabras, el mercantilismo no solo quiere más ganancias sin trabajar más, sino que busca librarse de responsabilidades ante los consumidores.
Acaso no se entiende que la producción de leche fresca está expuesta a diversos patógenos que demandan controles microbiológicos estandarizados. Si se suspenden los controles, la leche fresca irá acompañada de bacterias agresivas –como la la Escherichia, Klebsiella, Enterobacter, Citrobacter, entre otras– que causarán infecciones de todo tipo entre las madres gestantes y los niños pobres.
De otro lado, la mala calidad de la leche destruirá gran parte de la industria láctea nacional, sobre todo la producción de las mypes y las medianas empresas de lácteos de provincias.
No existe, pues, un solo argumento válido para justificar semejante norma mercantilista.
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