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Uno de los grandes temas de discusión ideológica que enfrenta el planeta tiene que ver con las prerrogativas del Estado en el sistema educativo ante los derechos que históricamente han ejercido la sociedad, las instituciones intermedias y las familias en este tema. La disyuntiva, entonces, es si el Estado o la sociedad deben ser las entidades que organicen la educación.
No es secreto para nadie que un Estado empoderado en el tema educativo, de una u otra manera, afectará la pluralidad de las organizaciones intermedias de la sociedad: empresas, familias, confesiones religiosas y otras instituciones. ¿Por qué? Si el Estado es la columna vertebral del sistema educativo de una sociedad, al margen de cualquier voluntad, se buscará homogeneizar a las futuras generaciones. En el siglo XX los comunistas y los movimientos fascistas y nazis fueron los principales defensores del empoderamiento total del Estado en el sistema educativo para formar “las futuras colmenas del mañana”.
¿A qué vienen todas estas disquisiciones? Sucede que en el Legislativo ha comenzado la discusión de la nueva Ley de Organización de Funciones del Ministerio de Educación (Minedu), en la que se percibe un claro intento de convertir al Estado en la única entidad que defina la política educativa. Luego de establecerse que son competencia exclusiva del Minedu a nivel nacional las materias de la educación básica y superior, el deporte, la recreación y el aseguramiento de la calidad y del servicio educativo, el artículo 5 señala que entre las funciones del sector están “otorgar y reconocer derechos a través de autorizaciones, permisos y licencias en los ámbitos de su competencia de acuerdo a las normas de la materia…”.
La idea de que el Minedu es la entidad que otorga y reconoce derechos en materia de educación es grave porque significa que solo el Estado es la fuente, el origen, de los derechos en la educación. A partir de esta concepción, la burocracia estatal podría regular y controlar la educación incluso para favorecer a una determinada ideología, como ha sucedido en muchas ocasiones en el Minedu con respecto a las corrientes neomarxistas.
Sin embargo, al margen de cualquier reparo, ese criterio a favor del Estado viola la Constitución y los tratados internacionales. Por ejemplo, el artículo 13 de la Carta Política señala que “el Estado reconoce y garantiza la libertad de enseñanza. Los padres de familia tienen el deber de educar a sus hijos y el derecho de escoger los centros de educación y de participar en el proceso educativo”. Es decir, el Estado no otorga sino que reconoce un derecho que es intrínseco a los padres de familia, quienes pueden escoger el centro educativo de su elección. La Constitución, pues, ya ha resuelto el debate, en contra de todas las corrientes que pretenden empoderar al Estado para fomentar la homogeneización de una sociedad que es esencialmente plural.
Pero no solo se trata de nuestra Carta Política. La Declaración Universal de los DD.HH. en su artículo 26 establece el derecho universal de las familias y los ciudadanos a escoger el centro educativo de su preferencia.
De otro lado, el proyecto de Ley de Organización y Funciones del Minedu establece que, entre las funciones del sector, está el “el aseguramiento de la calidad y del servicio educativo”. ¿Cuál es la relación de este criterio con el proceso de licenciamiento y acreditación de los claustros? No se dice nada, como si el Estado tuviese todas las prerrogativas y soluciones. Muy grave.
El licenciamiento es la autorización que otorga al Estado a un determinado claustro educativo que ha cumplido los requisitos básicos del sistema educativo, en los planos académico, profesoral y de infraestructuras. En este proceso el Estado cumple un papel de supervisor y regulador.
Sin embargo, ¿debe el Estado tener algo que ver con la acreditación? La tradición de Occidente y de las sociedades abiertas nos señala que la acreditación –proceso en que se evalúa estrictamente lo académico– debe depender de la sociedad y de las organizaciones académicas intermedias, y de ninguna manera del Estado. Si el Estado fuese el responsable de la acreditación estaría en condiciones de determinar qué es lo académico, lo científico y lo cultural. Únicamente en las pasadas experiencias soviéticas el Estado se encargó de la acreditación.
Como se aprecia con meridiana claridad, el proyecto de Ley de Organización y Funciones del Minedu tiene un claro sesgo estatista y autoritario, que relativiza la Constitución y los tratados internacionales. A corregir, pues.
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