La censura del ministro de Energía y Minas, Rómu...
El VIII Congreso Nacional de Pequeños Productores Mineros y Mineros Artesanales del Perú —desarrollado en Arequipa el 20, 21 y 22 de junio— acordó exigir que el Congreso y el Ejecutivo aprueben y promulguen, respectivamente, la nueva Ley de La Pequeña Minería y Minería Artesanal, elaborada por la Comisión de Energía y Minas del Congreso. Si la nueva norma es postergada para las calendas griegas —como suele suceder en el Perú— las federaciones de mineros artesanales de Arequipa, Apurímac, Puno, Cajamarca, Ayacucho, Huánuco, la Libertad, Cusco y Madre de Dios se declararían en movilización permanente.
¿Por qué razón los más de 400,000 mineros artesanales consideran que la aprobación de la nueva ley de La Pequeña Minería y Minería Artesanal es de extremada importancia? Porque desde que —durante el nacionalismo— se promulgaron nueve decretos legislativos sobre la formalización minera, el proceso es un fracaso total. Se calcula, por ejemplo, que solo 5,000 mineros artesanales tributan al Estado; es decir, cerca de 395,000 permanecen al margen de la legalidad. Igualmente, se estima que se producen entre 2,000 y 4,000 kilos de oro mensuales informalmente, y que se exporta un promedio de US$ 120 millones mensuales. En otras palabras, no hay formalización y pierden el Estado, porque deja de recaudar enormes sumas; el medio ambiente, porque la falta de formalización no posibilita la fiscalización, y los propios pequeños mineros y productores artesanales porque no pueden capitalizar sus emprendimientos.
El congreso de Arequipa exigió que se apruebe el dictamen aprobado en la Comisión de Energía y Minas del Congreso, porque es la expresión de un trabajo de consultas y debates de más de un año entre los funcionarios del Estado, congresistas, y dirigentes de la pequeña minería y la producción artesanal. Sin lugar a dudas, el mencionado dictamen expresa un largo consenso largamente trabajado. De otro lado, ese proyecto plantea la formalización permanente; es decir, que el ingreso al régimen no tenga plazos, que se alargan o se reabren sin criterios previsibles.
En el dictamen del Congreso también se establece un protocolo de comercialización para la pequeña minería y la minería artesanal. ¿Qué significa algo así? Que mediante esta norma quedan establecidas taxativamente las funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat), el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio Público, la Policía Nacional y otras entidades del Estado, en el complicado tema de la comercialización de minerales.
¿Por qué es importante establecer un protocolo de comercialización minera? Por la sencilla razón de que los nueve decretos legislativos promulgados por el nacionalismo solo han fomentado la exclusión de los pequeños productores de la legalidad. Por ejemplo, un pequeño minero, por más que logre su formalización, afronta problemas para trasladar su mineral, porque las autoridades de carreteras simplemente no le creen; o porque si quisiera exportar los bancos tampoco le creerían. ¿De qué vale entonces toda la tramitología realizada? Una verdadera locura.
En este contexto de fracaso total de la formalización minera, la Sunat solo es una entidad interesada en recaudar y en ahorcar a los pequeños mineros formales que tributan. En vez de aliarse a los pocos formales existentes, la entidad tributaria aprieta a este sector, como si los pocos formalizados de la pequeña minería fuesen los responsables de la informalidad. La lógica de la Sunat, por ejemplo, ha llevado a eliminar la liquidación de compra —mediante el cual las plantas de beneficio retenían el impuesto a la renta a los productores artesanales— que había establecido un puente entre la formalidad y la extendida informalidad en la minería artesanal.
En este mundo de impedimentos a la formalización, la discrecionalidad de la Sunat contra los escasos formales aumenta, mientras se descuida el control y la fiscalización de la comercialización del mercurio y los explosivos. Por todas estas consideraciones es fundamental establecer un protocolo de comercialización minera para avanzar en la formalización.
COMENTARIOS