El Perú, en términos institucionales y económicos...
La nueva ley agraria no solo eliminará gradualmente el régimen tributario especial para las agroexportaciones –que posibilitó inversiones de US$ 20,000 millones en dos décadas de vigencia de la Ley de Promoción Agraria–, sino que además las corrientes comunistas y colectivistas pretenden establecer la estabilidad laboral absoluta a través de la discusión de los reglamentos de esta ley.
Como todos sabemos, se acaba de aprobar una remuneración especial para el agro (con una bonificación no remunerativa del 30% del salario) sin considerar las posibilidades del 80% de las pequeñas y medianas empresas que forman parte de la cadena agroexportadora (con cerca de 8,000 unidades). Si consideramos que los costos laborales representaban más del 50% de los costos totales de una inversión agroexportadora, resulta incuestionable que con esta remuneración especial las unidades más pequeñas quebrarán; sobre todo las que cultivan arándanos, granadas y espárragos, que demandan alta intensidad de mano de obra (en particular, la femenina). Las grandes empresas buscarán mecanizarse al estilo de agroindustria de los países desarrollados, mientras que la informalidad se multiplicará.
La nueva ley agraria, impulsada por el Congreso y el Ejecutivo, entonces, representa una amenaza contra el empleo formal en el agro. El artículo 8 de la Ley 31110, “Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego agroexportador y agroindustrial”, establece la negociación colectiva por ramas en el sector. Este despropósito laboral ha sido, increíblemente, promovido por el Ejecutivo y el Congreso.
El avance de la formalidad y la reducción de pobreza en el campo fue posible gracias a que la anterior Ley de Promoción Agraria establecía la temporalidad de los contratos de acuerdo a la estacionalidad de la agricultura: siembra, mantenimiento y cosecha. En este contexto, promover la negociación colectiva por rama es pretender volar por los aires la temporalidad de los contratos. ¿Por qué? Existen empresas que contratan más de 10,000 trabajadores para una campaña de siembra o de cosecha. Acabado ese periodo culmina el contrato temporal, porque una empresa no es un ministerio del Estado o una oenegé; es una unidad productiva que funciona de acuerdo a inversiones, costos y rentabilidad.
Es incuestionable que se apunta a relativizar los contratos temporales mediante estas estratagemas colectivistas. El resultado será la quiebra de las pequeñas unidades, la informalización general del empleo y la mecanización de las grandes unidades. Menos empleo y más pobreza.
El segundo reglamento de la nueva ley agraria tiene que ver con el artículo 4, que establece derechos preferenciales en la contratación –al margen de la eficiencia y la productividad– que deben respetar los empleadores cuando se acumulen varios contratos temporales con un mismo trabajador. Cualquiera sea el ángulo de análisis, estas normas incorporadas a la nueva ley agraria apuntan a establecer una estabilidad laboral velada que acabe con el dinamismo y la productividad de los contratos temporales.
¿Por qué las corrientes comunistas y colectivistas pretenden destruir el régimen tributario y laboral, que ha convertido al Perú en una potencia agroexportadora luego de haber sido un mendigo agrario? La cosa es simple: si se hubiese mantenido la derogada Ley de Promoción Agraria, en muy pocos años, el Perú habría duplicado las inversiones de US$ 20,000 millones alcanzadas en dos décadas y se habría consolidado como una sociedad de ingreso medio. Y sin pobres, la izquierda no existe.
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