Raúl Mendoza Cánepa
Vacar o no vacar
Se puede vacar a Pedro Castillo por incapacidad moral
Desde 1839, la vacancia presidencial por incapacidad moral existe como institución constitucional, cuya práctica en cinco intentos y cuatro ocasiones generó una práctica (la vacancia de Riva Agüero es un antecedente preconstitucional, por las derrotas sufridas contra los españoles y con 27 votos), en la que se cuentan los casos de Billinghurst, Fujimori y Vizcarra. La “vacancia” de Riva Agüero en la aurora republicana y la de Billinghurst, se produjeron por sendos conflictos políticos.
En lo que nos atañe, la incapacidad moral como causal de vacancia en el debate constitucional de 1992 puso énfasis en la indignidad del gobernante por conducta deplorable. En 2002 se discutió el tema cuando el entonces presidente Toledo sostuvo una conversación privada con el juez Silva Vallejo sobre el caso Zaraí. Silva Vallejo llevó la peor parte, pero Toledo pudo ser teóricamente expulsado del poder con una decisión mayoritaria simple. A Alberto Fujimori (que había ya renunciado por fax) se le vacó por 62 votos, literalmente al ras de lo necesario. Por entonces no se requería la mayoría de dos tercios que el TC recomendó tres años después. La del TC fue una exhortación que el Congreso consideró a voluntad en su reglamento, pese a que pudo no considerarla o modificarla. Puede modificarla aún. Si así fuera, una moción de vacancia no debería ser el primer paso sino el segundo.
Se dice que “incapacidad moral” es un término lato y es la práctica la que nos ha eximido de una tipificación a través de una ley de desarrollo constitucional. Dado que es un procedimiento constitucional, no constituye "golpe de Estado”, no hay presunción de materia y objetivo oculto sobre el particular y no hay presunciones sin ley.
En el caso Vizcarra, que es el más cercano, se produjeron dos intentos. El primero por el caso "Richard Swing" y el manejo de sus relaciones personales por encima de la institucionalidad y obstrucción a la justicia. En el segundo caso, que sí procedió por 105 votos, fue por sus manejos en el gobierno regional de Moquegua. No había que probar ni esclarecer, sino tener elementos de convicción y votar. El gobierno que le sucedió fue legítimo y constitucional. Vizcarra, en ambos casos, no necesitaba que el Congreso actuara con el rigor y la lógica de un juez penal, la decisión es política. Vizcarra pudo haber sido vacado legítimamente en el primer proceso, pero todo se reduce a una cuestión de votos. Si era vacado por el caso "Swing" hubiera sido una vacancia válida como lo fue en el segundo intento.
¿Se puede vacar a Pedro Castillo por incapacidad moral? Sí, siempre que se definan las causas (sean mentiras, contradicciones, aval o intervención en las conductas de sus subordinados inmediatos y aval tácito a conflictos de intereses, temas símiles del caso “Swing”, indebidas injerencias en las instituciones que no sean materia de infracción constitucional, etc). Queda saber sobre el financiamiento de su campaña, que depende de una lenta maquinaria fiscal.
El problema actual para vacar es la posición de dos partidos, por lo general, inconsistentes, AP y APP, que se escudan en el falso argumento de la "gobernabilidad", cuando es visible el desgobierno y la amenaza de un ideario totalitario escondido en una aún anunciada asamblea constituyente ¿Y qué decir del presunto vínculo con el Movadef, la inscripción de un sindicato aprovechando el poder o la injerencia interesada de Evo Morales?
Y pensar que cualquiera de los presidenciables de todos los partidos inscritos y al filo del registro podría tener posibilidades de gobernar en unos meses, de solo apretar el botón para la vacancia. Maquiavelo soplándoles al oído. Quizás dos tercios no sea un imposible.
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