Herberth Cuba

La política y el efecto del candidato Vizcarra

Modifica la correlación de fuerzas de los 22 partidos políticos en contienda

La política y el efecto del candidato Vizcarra
Herberth Cuba
30 de noviembre del 2020


El viernes 27 de noviembre del 2020 el expresidente Martín Vizcarra –en conferencia de prensa conjunta con la presidente del partido Somos Perú, Patricia Li y su candidato a la Presidencia de la República Daniel Salaverry– ha señalado que será candidato invitado con el número 1 por Lima en la lista congresal de esa agrupación política. La decisión, según el exmandatario, obedece a “que está obligado a seguir en la política” por “los inmensos desafíos que hoy afronta el Perú”. Las mutuas ventajas para ambos –es decir, el Partido Somos Perú y el expresidente– es obvia. Para el primero, suma electores y de esa manera asegura el pase de la valla electoral, pero también, una buena posición en la futura conformación congresal. Para el expresidente, una medida audaz para capear las investigaciones de la Fiscalía y los procesos judiciales en marcha, sobre la base de la inmunidad, de tal manera, que sus procesos sean llevados en libertad y con el provecho que podría obtener con el uso estratégico de la inmunidad de proceso, e incluso la de arresto. La ventaja de esta aspiración del expresidente Vizcarra, es directamente proporcional con el número de congresistas que posea el partido Somos Perú. A mayor número de congresistas, mayor capacidad de influir, en provecho propio, por el uso de la figura de la inmunidad parlamentaria.

El ingreso del expresidente en la campaña electoral modifica la correlación de fuerzas de los 22 partidos políticos en contienda electoral, sobre todo, de aquellas agrupaciones políticas que pretendían heredar el bolsón electoral del expresidente y que basaban su estrategia electoral en la polarización continua y la capitalización unitaria de la supremacía electoral del voto antifujimorista. Como sabemos, algunas de estas agrupaciones no tienen presencia congresal y, por tanto, el beneplácito desde Palacio de gobierno es determinante (Victoria Nacional y otros). Otras tienen bancada congresal propia, gobernadores y alcaldes. Su aspiración era el apoyo de Palacio de Gobierno no solo para sus autoridades regionales y locales, sino, también, para el proceso electoral nacional. (APP, Somos Perú y AP). A este grupo pertenecen los líderes políticos y los congresistas “pedigüeños” de perdón por el comportamiento de sus congresistas a favor de la vacancia presidencial. Ahora, han visto frustrada la expectativa de ganar el bolsón electoral del expresidente, motivo por el que le pedían perdón, porque toca competir con él, y, además, el nuevo inquilino de palacio tiene partido y candidato propios (Partido Morado) que compiten en el presente proceso electoral.

Existe un tercer grupo de partidos que siempre han mantenido sus aspiraciones por fuera, y a veces, en oposición al expresidente Vizcarra: Fuerza Popular, UPP y Frepap. Y un cuarto grupo, los partidos mixtos; es decir, aquellos que en su interior disputan en torno a la posición partidaria frente a la venia o a la oposición en relación con el Gobierno del expresidente Vizcarra (AP, Podemos, Somos Perú y FA). Es obvio, que el ingreso del expresidente a la contienda electoral obligará a un cambio radical frente a la ilusión de hacerse del bolsón electoral del expresidente Vizcarra. Ahora tendrán que disputárselo y quizá “arranchárselo”, para mantener vivas las pretensiones de ganar la contienda electoral. Es probable que el resultado será la unión de la mayoría de los partidos políticos para “golpear” aún más al expresidente y al Partido Somos Perú. ¿Cuál será la modalidad del viraje y su impacto en la población?, es una incógnita. Siempre resulta poco honorable y dudoso moralmente, “golpear” a quien le acabas de pedir perdón, porque ha cambiado la conveniencia. Veremos las estrategias políticas, pero no será fácil. 

En ese contexto, la primera reacción ha sido analizar con detenimiento la legalidad de la postulación del expresidente y buscar el resquicio legal para impugnar su candidatura. Sin embargo, eso no será posible. La Constitución Política protege el ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos, en este caso, según sus artículos 30 y 31 salvo que exista una restricción en la propia Constitución (artículos 33 y 34) o por ley expresa (Ley Orgánica de Elecciones, 26859). Como es obvio, no es posible restringir derechos por analogía o por la vía de la interpretación. Además, el artículo 191 señala que los gobernadores y vicegobernadores regionales deben renunciar al cargo seis meses antes para postular a la “plancha presidencial” o al Congreso de la República y el artículo 194 señala las mismas condiciones para los alcaldes.

Por otra parte, la Ley Orgánica Electoral, en sus artículos 107 y 113 enumera, en modo explícito, los altos funcionarios del Estado que deben renunciar 6 meses antes, que según el cronograma electoral aprobado por Resolución 0331-2020 del Jurado Nacional de Elecciones se ha vencido el 12 de octubre del 2020. Cómo se puede observar, del análisis de esta relación de altos funcionarios públicos, no existe plazo explícito en la Ley para que un presidente en ejercicio renuncie para postular al Congreso, por tanto, el expresidente de la República no tiene ninguna prohibición. Además, si se considera en modo global, como funcionario público, la Ley solo señala la petición de licencia con un plazo de 30 días antes del día de las elecciones, que tampoco es el caso para el expresidente Vizcarra, porque ya no es funcionario público.

Sin embargo, el expresidente Vizcarra aún debe sortear otros escollos, como la inhabilitación por parte del Congreso para ejercer función pública por 10 años, en modo coherente, con la vacancia presidencial y el avance de los procesos ante la Fiscalía y el Poder Judicial. En ese mismo sentido, tampoco se puede soslayar la necesidad y obligación del presidente interino Francisco Sagasti de defender su Gobierno y la gobernabilidad del país.

Herberth Cuba
30 de noviembre del 2020

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