Raúl Mendoza Cánepa

Fujimori y las cortinas involuntarias

¿Quién gana en un escenario fujimorizado y polarizado?

Fujimori y las cortinas involuntarias
Raúl Mendoza Cánepa
20 de marzo del 2022


El artículo 139, inciso 13, de la Constitución peruana señala que la amnistía, el indulto, el sobreseimiento definitivo y la prescripción producen los efectos de la cosa juzgada. No hay tribunal nacional y menos aún autoridad política que pueda revertir la resolución del Tribunal Constitucional ni revocar el indulto. El presidente Pedro Castillo no puede anular nada. De intentar hacerlo vulneraría el texto fundamental, algo así como servirse en bandeja ante el Congreso. 

Sin embargo, el tema es complicado para Fujimori, si sumamos lo que se le viene en la justicia supranacional, célere para responder y probablemente con un sustento fácil de recordar: cuando el Estado peruano suscribió el tratado para crear una justicia interamericana cedió un mínimo de su soberanía. No se extrañe que, en el corto plazo, Fujimori vuelva a su laberinto judicial. Vale decirlo porque sin realismo no hay soluciones.

No se trata de que guste o no guste el argumento, sino de lo que prescriben las reglas penales, constitucionales e internacionales. Dentro de la esfera de nuestro Derecho no se perpetraron delitos de lesa humanidad, al margen de la gravedad de los delitos imputados y que atañen a una tipicidad previa al 2002. Tales delitos no existían en nuestro ordenamiento como “de lesa humanidad” al cometerse, por lo que no le eran aplicables sus consecuencias en el proceso judicial interno. Sin embargo, el cintillo en la sentencia del juez César San Martín, “crímenes contra la humanidad”, pese a que no tendría valor jurídico para un magistrado nacional, era un guiño hacia el exterior.

Aquello de “declarativo” no debería verse con tan buenos ojos, allá los incautos que crean que una simple declaración no tuvo su “detrás”. Ocurre que, abordado en el fuero externo, el tema cambia porque la calificación es diferente y podría empujar, por el Derecho de los tratados, a revertir la sentencia ¿Cuándo? Ignoro si ya Fujimori tomó sus previsiones, si piensa en un salto hacia adelante o si se allanará a lo que le pueda pasar.

Inquieta que el Tribunal Constitucional no defienda sus decisiones en la jurisdicción supranacional con un procurador propio. Vale decirlo si Pedro Castillo y Aníbal Torres ya adelantaron opinión, y no precisamente en los términos del Derecho sino de la aversión y el cálculo político. También la Comisión Interamericana acelera pronunciamientos, así que visto hacia afuera el juicio ya está formado.

La sentencia favorece a Castillo, que asiste a un escenario fujimorizado y bipolarizado en el que él sería la pieza olvidada, una con más capacidad de maniobra, mientras la gran prensa mira de lado o se pasa el día en las marchas antifujimoristas, alimentándolas. De tontos útiles está hecha la historia del Perú.

Castillo gana tiempo en el barullo “anti”, logra pretextos para atacar a la institucionalidad, muerde la carne del Tribunal Constitucional, neutraliza a la oposición y engorda de la agitación, que para eso sirve el instinto zombi de los haters

El problema actual no es un anciano enfermo que dejó el poder hace dos décadas; el problema es el descentramiento malicioso de la noticia y, con tal, el infierno al que nos aproximamos si el comunismo se robustece y se atornilla en el poder.

Raúl Mendoza Cánepa
20 de marzo del 2022

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