Herberth Cuba

Escasez y carestía de medicamentos para el Covid-19

Gobierno elude responsabilidad y culpa a farmacias y boticas privadas

Escasez y carestía de medicamentos para el Covid-19
Herberth Cuba
21 de mayo del 2020


El presidente de la República ha señalado, el 18 de mayo, dos aspectos en relación con los medicamentos utilizados para combatir la pandemia de Covid-19. Es necesario analizarlos, debido a las implicancias que tienen en el desarrollo de la presente pandemia y, sobre todo, por el impacto directo en la población. 

En primer lugar, ha afirmado que se promulgará una resolución ministerial para incluir a los medicamentos que forman parte del arsenal terapéutico para el Covid-19 como medicamentos genéricos esenciales, según los criterios establecidos en el Decreto de Urgencia 007-2019, que obliga a las farmacias y boticas a mantenerlos siempre a disposición de los usuarios. Es decir, los establecimientos farmacéuticos privados deben mantener un stock obligatorio de estos medicamentos en sus anaqueles. El incumplimiento acarrea sanciones y multas. El argumento central ha sido que nadie debe “aprovecharse de la desgracia, y que eso no lo podemos permitir”. Sin embargo, el anuncio carece de aplicación práctica debido que no asegura que los precios se mantengan, y menos el abastecimiento de las farmacias y boticas privadas. Además, tampoco mejora la capacidad que tiene el Ministerio de Salud (Minsa) para realizar la fiscalización.

El problema es serio debido a que estos medicamentos para la lucha contra la pandemia ya no tienen patente o derecho a la propia intelectual. Es decir, son genéricos y, además, se producen en nuestro país. Sin embargo, la fabricación se hace de acuerdo a un promedio de consumo para periodos normales, aunque la pandemia ha incrementado las necesidades en modo exponencial. Hay que tomar en cuenta que estos fármacos genéricos tienen indicaciones muy definidas, pero que ahora se ha demostrado que también sirven contra el Covid-19; es decir, se les ha encontrado un segundo uso. Aún así, los riesgos de producir más de la cuenta, o que en el corto tiempo se encuentre otro producto específico y mejor, ponen a las empresas privadas en el difícil trance de arriesgar. 

El Gobierno y el Minsa deben promover la producción en el Perú de fármacos contra la pandemia. Eso implica una alianza Estado-empresa para compartir riesgos y agilizar los trámites, para que la fabricación de estos medicamentos sea más rápida y de calidad. Y también que sean distribuidos a los 8,000 establecimientos que tienen el Ministerio de Salud y los gobiernos regionales; y adicionalmente a los otros sectores, como la sanidad policial, las sanidades militares, los municipios, el sector privado, entre otros.

Antes de promulgar una norma, se debe analizar su impacto en la realidad nacional. Ese estudio hubiera detectado la insuficiente fabricación nacional de los medicamentos estratégicos. El Minsa ha tenido información privilegiada que no ha tomado en cuenta, incluso frente a los demás actores sociales, y no ha previsto que desde el momento en que se incluya un medicamento en el listado de medicamentos útiles contra el Covid-19, este medicamento automáticamente sería muy demandado y, en consecuencia, el precio subiría. Primero ha debido asegurar el suministro en el sector público y luego promulgar la resolución del listado de medicamentos con nuevos fármacos. La mayor oferta de estos fármacos en todo el territorio nacional hubiese anclado los precios del mercado privado de medicamentos. Ha ocurrido lo contrario. Luego de casi dos semanas de la fecha de la conferencia de prensa que anunció los nuevos fármacos, el suministro público es nulo. Por la escasez, los precios han subido. Y ante esta negligencia y dejadez, ahora el Gobierno culpa a las farmacias y boticas privadas. 

En segundo lugar, el 21 de mayo del 2020 se ha promulgado el Decreto de Urgencia 059-2020, que dicta medidas extraordinarias en materia económica y financiera. Sin embargo, ha incluido temas adicionales para reforzar los sistemas de prevención, control, vigilancia y respuesta sanitaria para evitar el Covid-19. Es necesario recordar que los decretos de urgencia, según la Constitución, solo norman materia económica y financiera. Ahora hay un Congreso en funciones y, por lo tanto, se impone la colaboración de ambos poderes para buscar una salida legal a la escasez y la carestía. 

El DU 059-2020 ha transferido más de S/ 213 millones al Minsa para el suministro de medicamentos y mas de S/ 1.7 millones a Indecopi para supervisar la información de los precios a cargo de Digemid. Además autoriza la receta electrónica y que los laboratorios o droguerías vendan directamente al público, amplía al Minsa y Cenares la autorización para la adquisición de bienes y servicios a otros componentes del Sistema Nacional de Salud, así como publicaciones en el portal del Minsa de las autorizaciones regulares y excepcionales de medicamentos, comercialización directa al público de los medicamentos del Petitorio Nacional de Medicamentos Esenciales, y la modificación del reglamento de establecimientos farmacéuticos (DS 014-2011-SA). Como se aprecia, las materias abordadas sobrepasan las facultades legislativas que tiene un decreto de urgencia.

El Gobierno ha dejado de lado el hecho de que la escasez y la carestía promueven el acaparamiento y la especulación; además de la adulteración, el contrabando, el reetiquetado, los “preparados magistrales”, entre otros. Es decir, la comercialización de las medicinas “bamba”. Urge la colaboración entre los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial. No deberían competir por cuál legisla más y mejor.

Herberth Cuba
21 de mayo del 2020

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