Carlos Hakansson

El sentido de las reformas constitucionales

Requieren de madurez y de comprensión sobre lo que se desea corregir

El sentido de las reformas constitucionales
Carlos Hakansson
20 de septiembre del 2021


La reforma constitucional consiste más en una técnica que solo un procedimiento. La tarea para alcanzar una votación calificada en dos legislaturas ordinarias sucesivas, hasta la aprobación de una consulta popular, requiere de comprensión y madurez sobre lo que se desea corregir, cambiar o suprimir. Se trata más de una intervención a la columna vertebral que una cirugía estética al texto; es decir, su finalidad es que la Constitución funcione limitando un ejercicio del poder descontrolado, a solo ser resultado de una ideología reivindicadora y de confrontación social.

La reforma a una Constitución no se ocupa de resolver problemas entre mayorías o minorías parlamentarias, apoyados en medios y con “especialistas” que buscan "resquicios en las disposiciones constitucionales" en favor de una de las partes. Se trata de una técnica que repara en el origen e historia de la institución a corregir y si se adecua o no con nuestra realidad política. Por eso, el éxito de las reformas formales se encuentra más en su calidad que cantidad, es decir, que su propósito de corrección fomente cambios de comportamiento en favor del sistema político. En resumen, una institución constitucional no se suprime cuando ha operado mal en un caso concreto, sino cuando se vuelve imposible corregirla y dotarla de racionalidad. 

La racionalidad constitucional opera cuando las instituciones cumplen con el cometido de conservar un equilibrio de poderes básico, si su aplicación no conlleva a una invasión o menoscabo de otros poderes estatales, cuando se respeta la autonomía funcional a pesar de la crispación política producto del juego entre el gobierno y la oposición. Toda la racionalidad que sea necesaria, pero manteniendo el equilibrio de poderes y la protección a los derechos fundamentales.

Las propuestas de reforma a la cuestión de confianza obligatoria, cuando se nombra un nuevo primer ministro (artículo 130 CP), nos invita a moderar posiciones extremas, pues se trata de una institución que promueve la necesaria observancia de la composición parlamentaria al momento que el presidente de la República deba decidir sobre el nombramiento de su jefe de gabinete; especialmente cuando carece de mayoría suficiente y deba buscar una persona de amplios consensos. Una decisión presidencial que busque promover la confrontación desnaturaliza la institución conocida como investidura, pues se plantea para ganar, no para perder.

Ante la ausencia de partidos políticos longevos, con arraigo, militancia y de cuadros organizados, existe la necesidad de que los candidatos a la presidencia puedan integrar las listas parlamentarias y organizar su bancada, brindando la unidad y liderazgo que toda oposición requiere para fiscalizar al Ejecutivo, así como mostrarse ante la ciudadanía como una opción electoral viable en el futuro. Una reforma resulta necesaria para compensar temporalmente las deficiencias de nuestro sistema político.

La evolución de nuestra forma de gobierno data de mediados del siglo XIX, la progresiva inclusión de sus instituciones parlamentaristas como fue el Consejo de Ministros (CP. 1860) han servido para aproximar a los poderes ejecutivo y legislativo. La llegada de una institución trajo consigo a la otra por la simple dinámica entre ellos; por ejemplo, la aplicación de la moción de censura (CP. 1920) permitió el ingreso de la disolución parlamentaria (CP. 1979); así como la exposición ante el Congreso de la política general del gobierno (CP 1933), luego añadió el deber de plantear una cuestión de confianza (CP. 1993). En conclusión, la tarea no consiste en suprimir instituciones sino comprender que su "canibalización" fue culpa de la clase política y no de la forma de gobierno, la cual se resolverá con reformas que promuevan su madurez. Para todo lo demás, paciencia, tolerancia y empeño, una receta más humana que jurídico positiva.

Carlos Hakansson
20 de septiembre del 2021

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