Carlos Hakansson

El indulto: una prerrogativa regia

No anula la sentencia que declara la culpabilidad, sino la pena de cárcel

El indulto: una prerrogativa regia
Carlos Hakansson
05 de diciembre del 2023


La institución del indulto es un antiguo privilegio que poseían los monarcas. La pregunta es ¿por qué se ha conservado en las formas constitucionales de gobierno? La respuesta guarda relación con lo que John Locke (siglo XVII) pensaba acerca de la separación de poderes. El profesor de Oxford explicaba la existencia de una prerrogativa regia, junto con los clásicos poderes del Estado. Se trata de una facultad residual que conserva el ejecutivo. Una atribución extraordinaria para actuar con discreción y resolver problemas concretos y de modo excepcional.

La prerrogativa regia es un poder residual destinado a resolver aquellos problemas que no se pudieran prever ni el legislativo resolver. Como mencionamos, una gracia que poseían los reyes para obrar en determinadas coyunturas y, a su vez, mantener el equilibrio institucional si estuviera en peligro. Por eso, en la actualidad debería conocerse como un privilegio ejecutivo que está en manos del jefe de Estado porque personifica a la nación.

El indulto y el veto a las leyes son dos instituciones que forman parte de la prerrogativa regia. Como resulta imposible prever todas las situaciones que pudieran producirse en la historia de una comunidad política, los primeros constituyentes decidieron conservar ambas en las repúblicas; sin embargo, el crecimiento del ejecutivo ha convertido al indulto de una institución de uso ordinario por los gobiernos, especialmente en fechas como la Semana Santa, día de la madre, las fiestas patrias y Navidad. En la práctica, el indulto se ha confundido con un beneficio carcelario extraordinario que periódicamente solicitan quienes purgan condena.

Debemos precisar que el indulto es el perdón, no el olvido del delito cometido (amnistía). No anula la sentencia que declara la culpabilidad, sino la pena de cárcel. Se trata de una gracia presidencial que no tiene expresión de causa y el jefe de Estado, como estadista, la concede teniendo en consideración un conjunto de factores para su concesión: prudencia, oportunidad y, finalmente, la decisión política con todas sus consecuencias; de las cuatro, la última se explica a sí misma dado que el presidente de la República representa a la nación. Por eso, debe cuidar la unidad del Estado en el tiempo, sus actos escriben la historia y todo estadista debe recordar que la real magnitud de sus decisiones y consecuencias se manifiestan en el largo plazo.

Carlos Hakansson
05 de diciembre del 2023

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